Puerto
Pirámides, 29 de junio de 2016
ORDENANZA Nº620/16 C.D.P.P
VISTO:
La Ley Nacional Nº 25.917, el Decreto Nacional Nº 1731/04, la Ley II Nº 64,
la resolución Nº 41/15 CPRF, Ordenanza Nº 121/05, Resoluciones Nros. 41/2015 y
44/2015 del Consejo Provincial de Responsabilidad Fiscal de la Provincia de
Chubut.
CONSIDERANDO:
Que
mediante la Ley Nacional Nº 25.917 se creó el Régimen Federal de
Responsabilidad Fiscal con el objeto de establecer reglas generales de
comportamiento fiscal y dotar de mayor transparencia a la gestión pública.
Que conforme el Decreto
Nacional Nº 1731/04 se reglamentó la Ley citada en el considerando anterior.
Que por el Artículo 34º de la
Ley Nacional Nº 25.917 se invitó a las Provincias a adherir al régimen por ella
establecido y por su artículo 33º se dispuso que los gobiernos provinciales
invitaran a sus Municipios a hacer lo propio.
Que la Ley II Nº 64 de la
Provincia del Chubut adhirió al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal
creado por ley Nº 25.917 y a su Decreto Reglamentario Nº 1731/04.
Que mediante el artículo 22º de
la Ley II Nº 64, se invitó a los Municipios y a las Comisiones de Fomento a
adherir al Régimen de Responsabilidad Fiscal.
Que por Ordenanza Nº 121/05 esta
Comisión de Fomento se adhirió al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal
creado por la Ley Nacional Nº 25917 su Decreto Reglamentario Nº 1731/04, y la Ley Provincial Nº 5257 modificada por
Ley Provincial Nº 5302.
Que por la Resolución Nº 41/15 de
fecha 5 de mayo de 2015 el Consejo Provincial de Responsabilidad Fiscal ha
aprobado el “Código Fiscal en la sección relacionada con el Impuesto
Automotor”, el que entrará en vigencia en el corriente año.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE
LA LOCALIDAD DE
PUERTO PIRÁMIDES
SANCIONA
LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Adherir en todos sus términos a la Resolución Nº 41 de fecha 5
de mayo de 2015 dictada por el Consejo Provincial de Responsabilidad Fiscal –
Chubut - “Código Fiscal en la sección relacionada con el Impuesto Automotor”
que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2°: Adherir en todos sus términos a la
Resolución Nº 44 de fecha 28 de agosto de 2015 dictada por el Consejo
Provincial de Responsabilidad Fiscal –Provincia de Chubut –.
ARTICULO 3: Regístrese.
Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Publíquese.
Cumplido. –Archívese.-