Puerto Pirámides, 6 de junio de 2016
ORDENANZA Nº 616/16 C.D.P.P.
VISTO:
La Ley XIX
Nº 70 modificatoria de la Ley XIX Nº 22 de Servicio de Guardavidas.
CONSIDERANDO:
Que por la Ley referenciada en el Visto, se invita a los Municipio
Costeros de la Provincia de Chubut a adherirse a la misma.
Que la Ley XIX Nº 70
tiene como objetivo el convenir entre la Provincia y los Municipios Costeros
que adhieran a la misma, la asistencia económica necesaria para cubrir hasta un
CUARENTA POR CIENTO (40%) del costo correspondiente a las remuneraciones del
personal contratado para el Servicio de Guardavidas.
Que mediante Sesión de
fecha 06/06/16 conforme Libro de Acta de
Sesiones de este Concejo Deliberante, se resolvió adherir a la norma ut supra
citada.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA
LOCALIDAD DE PUERTO PIRAMIDES
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1: Adherir en todos sus términos a la Ley XIX Nº 70 sancionada por la
Legislatura de la Provincia de Chubut de fecha 21 de mayo de 2015,
publicada en el Boletín Oficial el día 7 de Julio de 2015.
ARTICULO 2: Exceptuase al presente trámite del criterio de
irretroactividad.
ARTICULO 3: Regístrese. Comuníquese.
Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Publíquese.
Cumplido. – Archívese.-