martes, 3 de mayo de 2016

Ordenanza Numero 590 Modificación código tarifario

   

Concejo Deliberante
     Puerto Pirámides
         CHUBUT

                                                                        Puerto Pirámides, 18 de marzo de 2015
ORDENANZA Nº 590/15  C.D.P.P.

VISTO:

             El Proyecto de  Ordenanza N° 107/15, enviado por la Secretaria de Hacienda.
            Que se ha modificado la Ley de Chubut XXIV N° 46, Código fiscal de acuerdo lo aprobado en el seno del Consejo Provincial de responsabilidad Fiscal, en lo referido a la escala de valores de automotores que debe ser tomada como base para la liquidación anual del Impuesto del Automotor.
             Que dicho cambio implica adoptar la tabla que proporciona el registro Nacional de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios.
 
CONSIDERANDO:

             Que hasta el ejercicio 2014, la Comisión de Fomento de Puerto Pirámides practicaba dichas liquidaciones de acuerdo a las Valuaciones proporcionadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos. 


POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE

LA LOCALIDAD DE PUERTO PIRAMIDES

SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A


ARTICULO Nº 1: Modificar el articulo 78 del Codigo tributario, aprobado como Anexo I de la Ordenanza Tributaria N°521/12, el que quedará redactado de le siguiente manera:

BASE IMPONIBLE”
ARTICULO Nº78 : - La base imponible es la valuación fiscal del vehículo, la que será tomada anualmente de la Escala Valuación de Automotores en vigencia, que publica el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios, según la marca, modelo, año que corresponda. Cuando el vehículo que se incorpora no figure en dichas tablas, se procederá del siguiente modo: 1) vehículos nuevos, por el valor de factura de la concesionaria, 2) otros casos, por analogía de modelos similares, de la tabla de Automotores en vigencia.

ARTICULO Nº2: Dicha modificación será de aplicación a partir de primero de enero de 2015.

ARTICULO Nº3: Regístrese. Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su comunicación y futura promulgación. Publíquese. Cumplido. Archívese.
        


Blog de Turismo y Cultura del Municipio de Puerto Pirámides, Península Valdés, Argentina.