Concejo
Deliberante
Puerto Pirámides
CHUBUT
Puerto Pirámides, 15 de diciembre
de 2014
ORDENANZA Nº 581/14 C.D.P.P.
VISTO:
La Ordenanza N°218/06, la Ordenanza N°509/12 C.D.P.P y la Nota Nº 69/14 mediante el cual se solicita la
escrituración de un terreno individualizado como Parcela 13 de la Manzana 47 de nuestra localidad, por parte del Sr. Roberto García con D.N.I
12.593.111.
CONSIDERANDO:
Que la documentación presentada lo acredita como
adjudicatario de dicha fracción.
Que desde la Secretaria de Obras
Publica Municipal se informa que la Manzana 47 y Parcela 13 difieren de los
datos en el momento de la adjudicación ya que el plano de mensura no se
encontraba registrado en la Dirección General de Catastro, siendo los datos
catastrales al día de la fecha Manzana 54 Lote 11.
Que del análisis de la documentación aportada por el vecino, obrante en
el Expediente del visto, no surgen
observaciones para acceder a lo solicitado.
Que corresponde a éste Concejo
Deliberante de acuerdo a las normas administrativas vigentes, resolver sobre el
particular.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA
LOCALIDAD DE PUERTO PIRAMIDES
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1: Autorizase
al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar al Sr. ROBERTO GARCIA con D.N.I 12.593.111 o a quien este designe
en el futuro, la escritura traslativa de dominio del inmueble individualizado
como ex Parcela 13 de la Manzana 47
actualmente lote 11 de la Manzana 54 de esta localidad.
ARTICULO 2:
El beneficiario deberá abonar todos los
gastos y honorarios que demande la escritura traslativa de dominio, como así
también los impuestos y tasas que adeudare.
ARTICULO 3: Regístrese.
Comuníquese. Pase al Departamento
Ejecutivo para su promulgación.
Publíquese. Cumplido. – Archívese.-