Concejo
Deliberante
Puerto Pirámides
CHUBUT
Puerto Pirámides, 15 de diciembre
de 2014
ORDENANZA Nº 584/14 C.D.P.P.
VISTO:
La Nota de fecha 12 de Diciembre de 2014 y el Acta Nro. 247/14 de fecha 15/12/14 obrante en el Libro de Actas
de Sesiones de este Concejo Deliberante.
CONSIDERANDO:
Que por la Nota referenciada en el Visto la Concejales Gloria Martinez y
Estela Quiroga del Bloque del Partido Frente para la Victoria solicitan se
sirva disponer de enmendar la falsedad incurrida al formalizar la Ordenanza
Nro. 565/14, como dictada por unanimidad cuando no ha sido así, según resulta
del Acta Nro. 247/14.
Que asimismo, refieren que en caso negativo formularan denuncia penal en
los términos y a los efectos de los artículos 292 y 296 del Código Penal.
Que la Ordenanza a la que hacen referencia los Concejales Quiroga y
Martinez se refiere a la cesión de las Parcelas 08 y 10 de la Manzana 54 y la
Parcela 12 de la Manzana 56 a favor de la Provincia de Chubut para ser
afectadas exclusivamente al plan P.R.O.C.R.E.A.R. .
Que por un error involuntario en la transcripción de la Ordenanza Nro.
565/14 se consigno en el ultimo considerando que la misma se aprobó por
unanimidad cuando en realidad se aprobó por mayoria.
Que conforme consta en el Acta Nro. 249/14 las Concejales Martinez y
Quiroga votaron por la NEGATIVA al Proyecto de Ordenanza de cesión de terrenos
a la Provincia de Chubut, para ser afectados a familias de nuestra localidad
que logren salir sorteadas en el Plan Nacional PROCREAR.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA
LOCALIDAD DE PUERTO PIRAMIDES
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1: Corregir el último considerando de la Ordenanza Nro. 565/14 el que
quedará redactado de la siguiente manera: QUE EN SESIÓN DE FECHA 26 DE AGOSTO
SE APROBÓ POR MAYORIA LA CESIÓN SOLICITADA, acompañando el Proyecto los
Concejales Sres. Javier ROLDAN, Laura NAVARRO, Miryam IDIARTE, Julián MORON y
Cristian TECAY.
ARTICULO 2: Dejar asentado que las
Concejales Gloria MARTINEZ y Estela
QUIROGA VOTARON POR LA NEGATIVA al Proyecto de Ordenanza de cesión de terrenos a la Provincia de
Chubut, para ser afectados a familias de nuestra localidad que logren salir sorteadas
en el Plan Nacional PROCREAR.
ARTICULO 3: Regístrese.
Comuníquese. Pase al Departamento
Ejecutivo para su promulgación.
Publíquese. Cumplido. – Archívese.-