Concejo
Deliberante
Puerto Pirámides
CHUBUT
Puerto Pirámides, 15 de diciembre
de 2014
ORDENANZA Nº 586/14 C.D.P.P.
VISTO:
El Acta Nro.
247/14 de fecha 15/12/14 obrante en el Libro de Acta de Sesiones de este
Concejo Deliberante.
CONSIDERANDO:
Que en Sesión de fecha 15/12/14 los
Concejales han resuelto el aumentar el
Adicional No Remunerativo en la suma de PESOS TRES MIL ($ 3000).
Que el mismo lo fundamentan en un criterio de equidad a los fines de
equiparar los salarios con la planta
política de la Comisión de Fomento de Puerto Pirámides.
Que la presente Ordenanza ha sido sancionada por unanimidad de los
Concejales que integran este Cuerpo Deliberativo.
Que el Adicional No Remunerativo se encuentra incluido en el Presupuesto
2015.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA
LOCALIDAD DE PUERTO PIRAMIDES
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1: Aprobar un incremento del Adicional No Remunerativo a la Planta
Política del Concejo Deliberante de Puerto Pirámides a partir del 1° de Enero
del año 2015 en la suma de PESOS TRES MIL ($ 3000).
ARTICULO 2: El gasto que demande la implementación de la presente Ordenanza será
imputado a la Partida Presupuestaria 5-0135-2001.
ARTICULO 3: Regístrese. Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su
promulgación. Publíquese. Cumplido.
– Archívese.-