Concejo Deliberante
Puerto Pirámides
CHUBUT
Puerto Pirámides, 11 de mayo de 2015 .-
ORDENANZA
Nº 592/15 C.D.P.P.
VISTO:
La nota y el Proyecto de Ordenanza
presentada por el Ejecutivo Municipal para la escrituración del lote 3 de la
Manzana 31, propiedad del Sr. Orlando Gabriel Cuart.
CONSIDERANDO:
Que la documentación presentada
lo acredita como adjudicatario de dicha fracción de tierra.
Que originalmente el I.A.C.
adjudico al Sr. Néstor Nahuelcura el mencionado lote. Posteriormente en fecha
30/01/15, el Sr. Nahuelcura transfiere a
titulo de venta mediante Boleto de Compraventa el mencionado lote a favor del
Sr. Orlando Gabriel Cuart, conforme copia de boleto de compraventa suscripto
por las partes con firmas certificadas.
Que del análisis de la
documentación aportada por el vecino, obrante en el expediente del visto, no
surgen observaciones para acceder a lo solicitado.
Que corresponde a este Concejo
Deliberante de acuerdo a las normas administrativas vigentes, resolver sobre el
particular.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE
LA LOCALIDAD DE PUERTO PIRÁMIDES
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar
al la Sr. Orlando Gabriel Cuart Documento Nacional de Identidad Nº
18.140.550 o a quien este designe en el
futuro, la escritura traslativa de dominio del inmueble individualizado como
Lote 3 de la Manzana 31 de esta ciudad.
ARTICULO 2º: El beneficiario
deberá abonar todos los gastos y honorarios que demande la escritura traslativa
de dominio, como así también los impuestos y tasas que adeudare.
ARTICULO 3º: Regístrese.
Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Publíquese.
Cumplido. –Archívese.-