Concejo Deliberante
Puerto Pirámides
Puerto Pirámides, 4 de mayo de 2016.
ORDENANZA N°611/16 C.D.P.P.
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza enviado por el
Intendente Municipal y la Ordenanza Nº 521/12, Nº590/15 y Nº596/15 referidas al Código Tributario vigente.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario modificar el articulo 50 de la Ordenanza
Tributaria vigente incorporando las modificaciones del nomenclador de
actividades alcanzadas por el Impuesto a los Ingresos Brutos, de acuerdo al nomenclador
aprobado por Resolución 30/2013 del Consejo Provincial de Responsabilidad
Fiscal.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA
LOCALIDAD DE PUERTO PIRAMIDES
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO
1:
Modificase el artículo 50 de la Ordenanza Nº521/12 el que quedará redactado de
la siguiente manera:
NOMENCLADOR
ARTÍCULO 50
– Incorporase
como Nomenclador de Actividades
alcanzadas por el Impuesto a los Ingresos Brutos aprobado por el Consejo de
Responsabilidad Fiscal de Chubut.
ARTICULO
2:
Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Cumplido.
Archívese.