Puerto Pirámides, 18 de marzo de 2015
ORDENANZA Nº 591/15
C.D.P.P.
VISTO:
La Nota N° 10/15 del Juzgado de
Paz de Puerto Pirámides de fecha 12/03/12015 y el Acta N°276/15 del Libro de
Actas de Sesiones del Concejo Deliberante.
CONSIDERANDO:
Que
por la nota referenciada en el visto, la Jueza de Paz Titular de la localidad
de Puerto Pirámides Sra. Micaela Graft, solicita ayuda económica para solventar
los gastos remunerativos que demande cubrir el Servicio de Asistencia
Psicológica.
Que, en tal sentido, informa que
la Licenciada Mariana B. González se encuentra colaborando en esta materia con
el Juzgado de Paz desde el año pasado.
Que la mencionada profesional
reside en la localidad de m Puerto Pirámides.
Que manifiesta
que las características de nuestra comunidad exhiben una necesidad abrumadora
en cuanto a asistencia psicológica.
Que por tal
motivo, solicita se le reconozca el trabajo que viene desempeñando la
Licenciada González ad honorem y se le integre formalmente al servicio que
presta la Dirección de Genero y Equidad de la Municipalidad.
Que reconoce
este Concejo Deliberante la importancia de contar con un idóneo en el Servicio
de Asistencia Psicológica para cubrir las eventuales situaciones que pudieran
plantearse con vecinos de nuestra localidad.
Que constituye
un objetivo de política publica el poder brindar este Servicio a los fines de
prevenir las acciones que pudieran perjudicar o poner en riego psicológico a
vecinos de nuestra comunidad.
Que tales
acciones deben desarrollarse de manera conjunta articulando los entes
integrantes de nuestra sociedad.
Que, asimismo,
no es función de éste Cuerpo el solventar este tipo de políticas de estado,
como así tampoco no cuenta éste Concejo Deliberante con Partida
Presupuestaria a los fines de cubrir el
servicio solicitado.
Que acompaña éste Concejo
Deliberante la iniciativa de contar con un profesional en el área de asistencia
psicológica desde el ámbito de la Comisión de Fomento de Puerto Pirámides.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE
LA LOCALIDAD DE PUERTO PIRAMIDES
SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
ARTICULO Nº 1: Instar al departamento Ejecutivo de la Comisión de Fomento de
Puerto Pirámides a los fines de cubrir las necesidades de Asistencia
Psicológica para los vecinos de nuestra localidad
que así lo requieran, como así también, el realizar tareas de prevención en
esta materia.
ARTICULO Nº2: Contar a tales fines, con un profesional idóneo en la materia que preste
el servicio detallado en el Articulo 1.
ARTICULO Nº3:
Regístrese. Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su comunicación y
futura promulgación. Publíquese. Cumplido. Archívese.