Puerto Pirámides, 9 de febrero de 2018
ORDENANZA Nº 672/18
C.D.P.P
VISTO:
La Ordenanza Nº 640/17, la Nota de fecha
11/1/18 remitida por el Ministerio de Salud de la Provincia de Chubut y la Nota
de fecha 24/1/18 Secretaria de Obras Públicas y Particulares de la Comisión de
Fomento de Puerto Pirámides.
CONSIDERANDO:
Que por la Ordenanza referenciada en el Visto se resolvió Ceder el Macizo Nº 37 con una superficie de
6.087,85 metros cuadrados Nomenclatura Catastral Exp. Nº 218-93 Plano Nº 15945
ubicado en la Segunda Bajada al mar de nuestra localidad a favor del Ministerio
de Salud de la Provincia de Chubut con cargo a la construcción del Nuevo
Hospital.
Que asimismo, se otorgó un plazo de seis (6) meses a partir de la publicación
de la Ordenanza para la presentación de proyectos a realizar y continuación de
las tramitaciones para efectuar las obras.
Que mediante Nota Nº 52/18 de fecha 11/1/18 el Sr . Bartolome
Segui solicita iniciar el trámite de
prorroga por dos años respecto del plazo referido en el considerando anterior,
garantizando la libre ocupación del predio cedido a fin de que el Ministerio de
Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos lleve a cabo el proyecto y
proceso licitatorio de esta obra.
Que fundamenta lo solicitado en la envergadura y relevancia que posee este
proyecto para nuestra población.
Que en tal sentido, por Nota de fecha 24/1/18 el Arq. Luis Taibi
Director de Obras Públicas y Particulares de la Comisión de Fomento de Puerto
Pirámides adhiere a la solicitud de prórroga por dos años del plazo mencionado
en el segundo considerando.
Que en Sesión de fecha 09/02/18 conforme Acta Nº 315/18
obrante a fs.156 del Libro de Actas de Sesiones, se ha resuelto por
unanimidad/mayoría de este Concejo hacer lugar a lo solicitado, procediendo a
la aprobación de la prorroga por dos años del plazo otorgado en el Artículo 2º
de la Ordenanza Nº 640/17.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE PUERTO
PIRAMIDES
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Artículo 1: Aprobar
una prórroga de dos años al plazo otorgado en el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 640/17, a partir de
la publicación de la presente Ordenanza, para la presentación de proyectos a
realizar y continuación de las tramitaciones para efectuar las obras del nuevo
Hospital en nuestra localidad.
Artículo 2: Regístrese. Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo
para su comunicación y futura promulgación. Cumplido. Archívese.