Puerto Pirámides, 14 de Diciembre
de 2017.
ORDENANZA Nº667 /17 C.D.P.P
VISTO:
El requerimiento
efectuado por la Secretaria de Dirección Gral Servicios Públicos y la nota presentada por la Secretaria de
Obras Publicas y Particulares.
CONSIDERANDO:
Que la solicitud mencionada se refiere
a la cesión de una franja de 20mts por 230mts aproximadamente, ubicada en
tierras sin subdividir del ejido Municipal, entre la manzana Nº55 (planta de
GLP) y la ruta Provincial Nº2 de acceso a Puerto Pirámides.
Que
esta franja está destinada para el ingreso a la Planta de gas (GLP) y tendido
de cañerías de salida de planta para abastecimiento de gas a la comunidad de
Puerto Pirámides.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA
LOCALIDAD DE PUERTO PIRAMIDES
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1:Ceder y Transferir a favor de la Provicni9a de Chubut la franja de
4600 m2 ubicada en tierras sin subdividir del ejido, entre la Manzana 55
(Planta de GLP) y la ruta Provincial Nº2 acceso a Puerto Pirámides.
.
ARTICULO 2: La presente Ordenanza tendrá
vigencia a partir de su promulgación.
ARTICULO 3: Regístrese. Comuníquese.
Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Publíquese.
Cumplido. – Archívese.-