Concejo Deliberante
Puerto Pirámides
CHUBUT
Puerto Pirámides, 20 de
diciembre de 2013
ORDENANZA Nº 551/13 C.D.P.P.
VISTO:
La Resolución N° 850/13, elevada
por el Ejecutivo Municipal.
CONSIDERANDO:
Que en la misma se
solicita la autorización de éste Concejo Deliberante para la contratación de
seis (6) guardavidas.
Que dicha solicitud se hace en
función de poder implementar una asignación no remunerativa especial de MIL
DOSCIENTOS PESOS ($1.200) y otra de TRES MIL OCHOCIENTOS PESOS ($3.800) por
actividad riesgosa.
Que el Ejecutivo Municipal eleva
los formatos de contratos correspondientes para ser evaluados y aprobados.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE
LA LOCALIDAD DE PUERTO PIRAMIDES
SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
ARTICULO Nº 1: Aprobar
la contratación de seis guardavidas, asignándole la categoría 5 del escalafón
del Municipal DE Planta Temporal, aplicándoles el adicional no remunerativo de
$1.200 y un adicional no remunerativo
especial por actividad riesgosa de $3.800.
ARTICULO Nº 2 : Exceptuar
a los guardavidas contratados de cualquier aumento que se decida para el
ejercicio 2014 en relación a la remuneraciones y a las asignaciones no
remunerativas de losa distintos sectores del Municipio de Puerto Pirámides.
ARTICULO Nº3: Aprobar el formato de contrato
para los guardavidas.
ARTICULO Nº4: El gasto que demande se imputaran a la partidas presupuestarias de
sueldos correspondientes al SECTOR 1020.
ARTICULO Nº5: Regístrese. Comuníquese. Pase al
Departamento Ejecutivo para su comunicación y futura promulgación. Publíquese.
Cumplido. Archívese.