Concejo Deliberante
De Puerto Pirámides
Puerto Pirámides, 2 de
septiembre de 2013
ORDENANZA Nº538/13 C.D.P.P
VISTO:
Los contratos de Comodatos
firmados por el Departamento Ejecutivo de la Comisión de Fomento de Puerto
Pirámides, mediante Ordenanza Nros 491/12 y N° 518/12 y el Acta de Sesión
N°225/13.
CONSIDERANDO:
Que mediante las Ordenanzas
referenciadas en el visto se ha tomado la decisión desde este Concejo
Deliberante, de darle la solución habitacional, de manera momentánea, a vecinos
de nuestra localidad que viven en distintas condiciones.
Que existen numerosas familias que
se encuentran radicadas en nuestra localidad desde hace varios años y que
carecían de un lugar físico para construirse una vivienda digna de acuerdo a
las reglamentaciones vigentes.
Que a tales fines, estos contratos
de comodatos, tienen como objeto el resolver de manera momentánea el problema
de varios vecinos de la falta de un espacio de tierra.
Que los vecinos han sido
informados de los alcances del presente acto, el otorgar terrenos en la
modalidad contractual de comodato, por un tiempo determinado, aceptando las
condiciones de la naturaleza jurídica del contrato referido.
Que en sesión de
fecha 2 de septiembre del corriente año, se aprobaron los contratos de
comodatos suscriptos entre el Departamento Ejecutivo de la Comisión de Fomento
de Puerto Pirámides y vecinos de nuestra localidad.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA LOCALIDAD DE PUERTO PIRAMIDES
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1: Aprobar los Contratos de Comodatos oportunamente suscriptos entre el
Departamento Ejecutivo de la Comisión de
Fomento de Puerto Pirámides y los siguientes vecinos:
PABLO PEREZ
MARMO Y MARIANA BERQUEZ CIOLFI por el lote 2 DE LA Manzana N°A del Macizo 33.
MARIA LUJAN
RUIZ por el lote 3 de la Manzana 51;
GERARDO ALBERT Y
VICTORIA GALVAN por el lote 20 DE LA
Manzana 29
RODOLFO LUIS
PETTITE por el lote 1 de la Manzana A
del Macizo 33.
ARTICULO 2: Infórmese al Departamento Ejecutivo que no se volverán a tratar temas referidos a la temática de
esta Ordenanza sin antes ser consensuados con éste Cuerpo Legislativo.
ARTICULO 3: Regístrese. Comuníquese. Pase al departamento
Ejecutivo para su promulgación. Publíquese. Cumplido. –Archívese-