martes, 29 de junio de 2010

Reglamento Uso Salón Municipal "La Nona"

ANEXO I

NORMAS GENERALES DE USO DEL SALON MUNICIPAL

La finalidad de las presentes normas generales, es la de establecer y definir la forma de organización y funcionamiento del Salón Municipal e instalaciones municipales destinadas a satisfacer las necesidades sociales y culturales de los ciudadanos.

Podrán hacer uso de las instalaciones y servicios los usuarios que sean Contribuyentes de la Comisión de Fomento de Puerto Pirámides dentro de los horarios fijados y respetando las reglas y condiciones establecidas en cada caso por el servicio municipal correspondiente.

El Salón Municipal será reservado para la realización de todas aquellas iniciativas que tengan que ver con las actividades sociales, culturales ó de participación ciudadana.

El uso del Salón Municipal no se habilitará para eventos con fines lucrativos de ninguna índole, salvo en los casos en que su uso sea destinado a instituciones de bien público que puedan demostrar personería jurídica vigente. En dicho caso el Municipio alquilará las instalaciones del Salón Municipal por la suma total de 50 módulos.

La reserva se realizará con el compromiso por parte del solicitante de acatar la norma.

Las peticiones deberán realizarse en todos los casos por escrito en Mesa de Entradas de la Municipalidad, y con una anticipación mínima de 7 (siete) días.
Compete a la Municipalidad a través de la Dirección de Cultura conocer ó denegar la autorización de uso del Salón.

Al término de las actividades el usuario se compromete a dejar las instalaciones en las mismas condiciones en las que le fueran prestadas.

La reserva de uso del Salón quedará supeditada a los actos organizados ó autorizados por la Municipalidad, no habiendo lugar a reclamos cuando haya de suspenderse ó variarse el horario de reserva anteriormente autorizado.

Se podrá anular la autorización si fuera preciso en función del mal uso de las instalaciones ó porque las actividades realizadas sean distintas a las causas originales de la petición del Salón.

La persona firmante de la solicitud deberá ser mayor de edad y se responsabilizará sobre el uso de la totalidad de las instalaciones y servicios.

Para la utilización, manejo ó montaje de elementos, el servicio municipal responsable (Dirección de Cultura) podrá determinar los medios, requisitos ó permisos para realizar los mismos, considerando que el costo de estos trabajos, así como el transporte de los materiales ó vigilancia, en su caso, objeto de la utilización, corresponde en todo momento al usuario solicitante.

Si fuera necesaria la utilización de materiales ó elementos no disponibles en el Salón, el solicitante del lugar será responsable de su colocación. Todos los casos deberá, para ello contar con la autorización de la Dirección de Cultura Municipal para su colocación y uso.

Han de ser respetados, tanto los horarios de uso del Salón como los determinados para las actividades programadas.

NO ESTA PERMITIDO EN LAS INSTALACIONES DEL SALON MUNICIPAL:

• Fumar, salvo en las zonas habilitadas al efecto (en caso de que las hubiera)
• La venta de bebidas alcohólicas a menores de edad.
• Colocar publicidad sin autorización municipal.
• El acceso de animales en todas las dependencias del Salón, a excepción de los perros guías.
• La instalación de barras y/u otro equipamiento para la venta de productos ó bebidas, a excepción de los casos en los cuales dicha instalación cuente con autorización municipal.
• Introducir utensilios de vidrio (envases, vasos, jarras, etc.) en el recinto durante todo tipo de eventos.

Los usuarios de los equipamientos que se encuentren en el Salón Municipal podrán formular por escrito, incluso de manera anónima, las iniciativas y sugerencias que estimen oportunas para mejorar la calidad de los servicios, incrementar su rendimiento ó cualquier otra medida que pueda suponer un mayor grado de satisfacción para el propio usuario y/ó el público asistente.

Los reclamos, iniciativas, quejas, sugerencias, etc., deberán realizarse en todos los casos por escrito en Mesa de Entradas de la Municipalidad. Los usuarios de los equipamientos del Salón Municipal podrán formular por escrito las reclamaciones ó quejas que estimen oportuno cuando observen un funcionamiento anormal de los servicios (tardanza, desatenciones ó cualquier otro tipo de atención irregular) indicando su nombre, apellido, domicilio, y algún tipo de contacto, ya sea teléfono ó correo electrónico a efecto de facilitar las comunicaciones.
El usuario que realice la reclamación quedará en posesión de una copia con sello de “recibido” y recibirá contestación de la misma.

Los usuarios podrán solicitar en cualquier momento la identificación de cualquiera de los empleados ó responsables de los servicios de los equipamientos a los efectos de realizar las citadas reclamaciones.

Blog de Turismo y Cultura del Municipio de Puerto Pirámides, Península Valdés, Argentina.